INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA NO DEBE USARSE PARA ACTIVIDADES ELECTORALES

A través de la Circular 065 de 2011 y con el fin de evitar inconvenientes, la Secretaría de Educación y Cultura Departamental hace una llamo especial a los rectores de las Instituciones educativas de los municipios no certificados del Departamento de Nariño, para evitar el préstamo de infraestructura escolar en esta época electoral.

De conformidad con lo dispuesto en el parágrafo del Artículo 38 de la Ley 996 de 2005, y en la Directiva Unificada 003 de 2011de la Procuraduría General de la Nación, se PREVE COMO PROHIBICIONES DE LOS SEVIDORES PUBLICOS, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, autorizar la utilización de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas, ni para facilitar el alojamiento, ni el transporte de electores de candidatos a cargos de elección popular. Tampoco podrán hacerlo cuando participen voceros de los candidatos.

Lo anterior es aplicable a las Instituciones Educativas, razón por la cual se les solicita a los rectores abstenerse de autorizar el uso de las instalaciones y del transporte escolar para este tipo de actividades.

 

Twitter SED Nariño

Formulario de acceso