GOBERNADOR SOLICITA INTERVENCIÓN DE MINISTRA PARODY EN CASO DE CONCURSO AFRO

El Gobernador de Nariño, Camilo Romero, envió un oficio a la Ministra de Educación Gina Parody, con el fin de solicitar la intervención de dicha entidad con el fin de buscar soluciones conjuntas a la problemática social y administrativa presentada en el Departamento de Nariño con ocasión al concurso de méritos de docentes y directivos docentes para la comunidad afrodescendiente negra, raizal y palenquera.

El oficio tiene como propósito garantizar la adecuada prestación del servicio educativo para los estudiantes y también la de velar por las condiciones laborales de los docentes y directivos docentes de las comunidades anteriormente citadas.

El oficio expresa lo siguiente:

Como es del conocimiento del Ministerio de Educación Nacional, la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Acuerdo No 282 de 2012, modificado parcialmente por el Acuerdo 407 de 2013, convocó a concurso abierto de méritos para proveer los empleos vacantes de etnoeducadores Directivos Docentes y Docentes de la entidad territorial Departamento de Nariño, a través de la Convocatoria No 238 de 2012, una vez finalizaron todas sus etapas fueron expedidas las listas de elegibles tanto para especialidades como primaria.

Tras un largo proceso de concertaciones y estudios de la planta de personal a la fecha las listas de elegibles de las especialidades se encuentran provistas en periodo de prueba salvo la de Ciencias Naturales y Educación Ambiental donde no se han generado nuevas vacantes en el sector urbano y restan 8 elegibles por proveer.

Escenario distinto se presenta con la lista de elegibles de primaria, en cuyo caso se llevó a cabo  la audiencia de selección de vacantes el día 3 de diciembre de 2015, citando a los 281 elegibles, que contenía la resolución 3425 del 23 de Julio de 2015 para la provisión de 336 vacantes, donde el Departamento de Nariño publica una OPEC con 405 vacantes, siguiendo las directrices de la CNSC.

En desarrollo de la audiencia de selección de vacante 43 elegibles seleccionaron establecimientos educativos ubicados en sectores urbanos y a la fecha todos se encuentran nombrados en período de prueba y posesionados, sin embargo los elegibles restantes, esto es: 238, seleccionaron vacantes en sector rural de los cuales tanto solo 11 personas han logrado ser nombradas en periodo de prueba.

La situación antes descrita se presenta en consideración a que el nombramiento en período de prueba se encuentra supeditado al cumplimiento del requisito establecido en el artículo 2.4.1.2.17 del decreto 1075 de 26 de mayo de 2015, mediante el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación, que a tenor  literal establece:

“Los integrantes de la lista de elegibles para ser nombrados en periodo de prueba en cargos vacantes en los territorios colectivos deberán contar con el aval de reconocimiento cultural expedido por la autoridad comunitaria competente del respectivo Consejo Comunitario. El cual deberá ser entregado en la entidad territorial certificada dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación de la lista de elegibles. En caso de no contar con dicho aval no podrá ser nombrado en la vacante correspondiente al territorio colectivo”.

Por lo anterior, la SED Nariño procedió a identificar los establecimientos educativos ubicados en territorios colectivos y a requerir el aval expedido por la Junta del Consejo Comunitario competente; sin embargo las autoridades comunitarias se han negado a la expedición del aval de reconocimiento cultural y esto ha desencadenado los siguientes conflictos:

En primer lugar, existe una vulneración a los derechos de los elegibles, quienes han aprobado satisfactoriamente un concurso público de méritos  en todas sus etapas, y debido a esta situación se han presentado varias acciones de tutela en contra de la Secretaría de Educación de Nariño, donde los accionantes solicitan tutelar el derecho al trabajo, debido proceso y acceso al ejercicio de la función pública entre otros.

En segundo lugar, en algunos establecimientos educativos el docente provisional deja de prestar sus servicios por distintas razones administrativas, y pese a que su vacante fue seleccionada por un elegible no puede acceder al nombramiento y posesión por cuanto requiere del aval de reconocimiento cultural del Consejo Comunitario correspondiente, el cual es negado; ante esta situación los estudiantes quedan sin docente, en consecuencia carentes del derecho fundamental a la educación y no es viable realizar nombramientos provisionales, por cuanto el artículo 15 del Decreto 1278 de 2002, prohíbe a la entidad territorial proveer por nombramiento provisional un cargo docente mientras exista la vigencia de una lista de elegibles; esta situación fue puesta en conocimiento de la Comisión Nacional del Servicio Civil a través del oficio No. 2016EE8228 de 30 de Marzo de 2016, con el fin de que se autorice dichos nombramientos y así garantizar la prestación del servicio educativo, hasta tanto exista una solución en el marco del concurso de méritos, sin embargo a la fecha la entidad no ha emitido pronunciamiento al respecto.

Finalmente, la tercera problemática se presenta respecto a los docentes en provisionalidad que fueron retirados del servicio con ocasión del concurso de méritos, quienes al quedar cesantes han exigido a la entidad territorial el cumplimiento de los acuerdos suscritos en la Mesa de Concertación Interinstitucional Etnoeducadores Nariño, llevada a cabo en la Ciudad de Bogotá el día 24 de Julio de 2015 donde el compromiso fue garantizar el acceso del personal retirado del servicio en las vacantes que se generen a futuro, sin embargo al encontrarnos con la imposibilidad de nombrar en periodo de prueba a 227 elegibles, no resulta procedente ordenar la vinculación de los servidores retirados, incluso existiendo la necesidad del servicio, ésta situación ha desatado graves hechos al interior de las comunidades entre ellas la amenaza a docentes nombrados en periodo de prueba, quienes temen por su seguridad e integridad personal de persistir en la prestación del servicio educativo en los establecimientos donde fueron nombrados.   

Por lo expuesto, con nuestro acostumbrado respeto solicitamos la intervención del Ministerio de Educación Nacional en la búsqueda conjunta de soluciones a la problemática social y administrativa presentada en el Departamento de Nariño con ocasión al concurso de méritos de docentes y directivos docentes para la comunidad afrodescendiente negra, raizal y palenquera y de igual forma se sirva coadyuvar las peticiones que la entidad territorial ha presentado ante la Comisión Nacional del Servicio Civil para garantizar a los niños y niñas del Departamento de Nariño la prestación efectiva del servicio público y derecho fundamental a la educación que actualmente se ha limitado por las dificultades antes mencionadas.

Consulte el documento original aquí.

Twitter SED Nariño

Formulario de acceso