AUTORIZAN ASIGNACIÓN DE HORAS EXTRAS

La Secretaría de Educación Departamental de Nariño autorizó la asignación de horas extras nocturnas en 78 establecimientos adscritos a los 61 municipios no certificados, esto según los requisitos establecidos mediante la Resolución 082 del 2014, publicada por la Entidad.


Una vez causadas las horas extras de forma mensual, es obligación del rector o el director del establecimiento educativo efectuar el reporte correspondiente, dentro de los primeros cinco días del mes siguiente al que se causaron, con el fin de ingresarse en Nomina para  su  correspondiente  liquidación.

El reconocimiento de horas extras se efectúa sobre el tiempo efectivamente laborado y los máximos que se autorizan, no necesariamente implica que se deba cancelar la totalidad de los  valores correspondientes a  las  horas  autorizadas,  pues  estas pueden ser inferiores a las aquí autorizadas y se cancelarán en todo caso con base en el reporte que haga el directivo docente responsable, poniendo de presente en todo caso que los documentos y certificaciones allegadas se presumen auténticas; decisión que se erige sobre la base del principio constitucional de la buena  fe establecido en el artículo 83 de la constitución política que expresa: “Las actuaciones de los particulares y de las autoridades públicas deberán ceñirse a los postulados de la buena fe, la cual se presumirá en todas las gestiones que aquellos adelanten ante éstas”.

Mayor información en la Resolución 082 de 2014

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