Con el propósito de mejorar el servicio educativo del Programa de Alfabetización y Educación de Jóvenes y Adultos, de conformidad con la normatividad vigente, el Calendario escolar y de acuerdo a la Circular 0398 de la Secretaria de Educación y Cultura Departamental, como competencia y obligación de los rectores implementar el Programa de Alfabetización y Educación de Jóvenes y Adultos, articular los lineamientos del mismo al PEI de la Institución, así como es obligatoriedad garantizar la continuidad en los diferentes ciclos de acuerdo a la Circular 07/08 emanada del MEN y para ello se le recuerda que se debe cumplir con los siguientes requerimientos
1. El Rector debe tramitar ante la Secretaría de Educación y Cultura Departamental la Resolución de acreditación académica para la implementación de los Ciclos I al VI o la solicitud de visita respectiva con el Supervisor adscrito a la zona donde hace parte el establecimiento educativo que va a ofrecer el servicio.
2. El personal docente que atenderá la modalidad del Bachillerato por Ciclos, debe estar adscrito a la planta de la Secretaría de Educación.
3. Tener su carga académica completa, para el pago adicional o de horas extras.
4. El número de estudiantes por Ciclo debe ser de 22 en el sector urbano y hasta 17 estudiantes en el sector rural.
5. El número de horas trabajadas en jordana diurna es de 20 horas (60 minutos cada una) y hasta 40 horas en jornada nocturna (mensuales).
6. Los docentes serán asignados de acuerdo a las áreas y/o asignaturas según su perfil.
7. Enviar a la Secretaría de Educación y Cultura Departamental copia de la resolución de licencia de funcionamiento del establecimiento educativo, copia de la resolución de acreditación por ciclos y copia de los lineamientos del Programa de Adultos articulados al PEI del establecimiento educativo.
8. Enviar solicitud de Disponibilidad Presupuestal por parte del rector, de acuerdo la matrícula que reporte en el Simat, para la vigencia 2012 en los diferentes ciclos (Decreto 3011/97), antes el 16 de octubre de 2011.
9. Diligenciar debidamente los formatos de pago de horas extras: formato de relación de docentes y sus datos básicos, que trabajarán con la modalidad de pago de horas extras, formato de relación de estudiantes registrados en SIMAT, horario de clases y formato de reporte de pago del mes correspondiente; podrá solicitarlos al correo electrónico
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Ver más en la Circular 074 / 2011